Ya hace algún tiempo que la SGAE está ganándose una fama. Todos sabemos que van a intentar cobrar lo que sea, a quien sea y sin remordimientos. Principalmente porque prácticamente todos los autores registran sus obras en la SGAE. A fin de cuentas, es la empresa gestora de propiedad intelectual más grande y la que seguramente protegerá los derechos de los autores de forma más exhaustiva, pero ¿que ocurre si quieres registrar tu obra como tuya pero no quieres cobrar por ella? Muy simple: Creative Commons.
Tengo varios amigos músicos, así que seguro que saber esto les viene bien :D La licencia Creative Commons es básicamente, la forma legal de lo que muchos llamamos Copyleft, es decir, la forma de entender el registro de cultura opuesto al Copyright. A grandes rasgos, la licencia Creative Commons permite registrar una obra pero de una forma mucho más libre que mediante el Copyright. La licencia Creative Commons fue adaptada a la legislación española por la Universidad de Barcelona y para registrar cualquier obra está disponible el sitio Safe Creative.
Para registra cualquier obra, que puede ser literatura, vídeo, audio, artística (un cuadro, fotografía o una coreografía) o proyecto (programas de ordenador, diseño industrial,…), es necesario registrase en la web siguiendo los pasos que el propio sistema va indicando. Es interesante que antes de empezar tengas a mano tu DNI Electrónico (y su correspondiente lector) ya que facilita la tarea de certificar que tu eres tu :D
Una vez registrado en el sistema, ya es posible registrar una obra. Pinchando en la opción correspondiente obtendremos un formulario que hay que ir rellenando. Un paso importante es indicar los derechos y obligaciones de terceras personas respecto a la obra que se está registrando. ¿Podrán revenderla? ¿modificarla? ¿descargarla? ¿distribuirla por su cuenta? Todo ello tendrás que pensarlo bien al elegir la licencia aunque el sistema te presenta las más utilizadas, la mayoría son muy interesantes porque liberan la obra pero siguen con algunos derechos reservados. Este blog, por ejemplo, se comparte bajo Creative Commons 2.5 By-Nc, una vez elijas tus opciones se te presentará la licencia exacta. Y cuanto lo tengas todo, tu obra ya estará registrada!
Piensa bien todos los datos porque sólo tendrás 24 horas para modificarlos, tras ese tiempo se quedarán como estén para siempre. Y una vez registrado, puedes obtener las etiquetas (hay varios modelos) que deberás distribuir junto con la obra para informar de que está registrada, dónde y como se puede utilizar y distribuir. Así nadie podrá decir que no estaba informado.
Tras realizar todos estos pasos, ya tendrás tu obra registrada, debidamente etiquetada y fuera de la SGAE y su tinglado(o cualquier otra empresa gestora de derechos de autor). Ellos no verán ni un duro euro del dinero que a ti te toque recibir. Aunque, esto tiene un inconveniente: tu mismo tendrás que velar por tus intereses. Es decir, habitualmente la SGAE es quien busca y denuncia a los infractores del copyright a cambio de su pequeña comisión (suena hasta mafioso lo de la pequeña comisión ¿no?). Sin embargo, con la licencia Creative Commons, tu mismo tendrás que enterarte de que alguien está haciendo un mal uso de tu obra según lo que hayas marcado en tu licencia y llegar a un acuerdo, o denunciarlo y presentar como prueba el registro mediante Safe Creative.
Personalmente, creo que registrar cualquier cosa con Creative Commons y con el servicio de Safe Creative es una muy buena idea. Aunque luego sea yo quien me tenga que preocupar de proteger mis obras. Al fin y al cabo, si elijes esta licencia seguramente te importe más la difusión de tu obra que la remuneración directa que puedas obtener ¿no?
Post inspirado en un artículo de Javier Garcia-Retamero en PC Actual.
Os informo de la existencia de una radio streaming (www.ibisi.es) con excelente música libre de derechos de autor a cuya descarga se puede acceder de manera legal y gratuita. Ni la SGAE ni nadie puede cobrar NADA, nunca, por ponerla en público. Un cordial saludo,
http://www.ibisi.es
Enhorabuena por el esfuerzo en promover estas ideas pero hay un par de cosas que tienes algo confusas (normal, el 99% de las personas las tiene). Y en realidad Creative Commons y el Copyright no son opuestos sino perfectamente compatibles.
Te recomiendo estos enlaces:
http://www.blogoff.es/2007/06/04/la-confusion-sobre-el-plagio-y-las-creative-commons/
http://www.blogoff.es/2009/01/23/ignasi-labastida-creative-commons-espana-si-una-minoria-esta-diciendo-a-una-mayoria-que-son-delincuentes-igual-la-razon-no-es-de-la-minoria/
Buen post igualmente.
Gracias por el apunte! Aquí se queda para que todo el mundo lo tenga claro :D
Hola, soy Mario de SafeCreative. En primer lugar gracias por hablar de nosotros y explicar la utilidad.
Tal y como han comentando Creative Commons es en realidad copyright, pero hackeado. Los enlaces que facilitan lo explican.
También quiero puntualizar que SafeCreative es un servicio agnóstico, lo mismo se puede registrar con (c) que con (c)CC, GPL o la licencia que cualquiera pueda aportar a su propia cuenta.
El registro no es obligatorio, pero sí conveniente y más en caso de CC.
Otra cosa que quería comentar es que desde SafeCreative estamos trabajando para crear un sistema que reporte a los que registran información de por dónde andan sus obras para detectar malos usos, etc. También tenemos un API de registro y consulta y sistemas de reconocimiento semántico de obras que cualquier programa puede interrogar (por ahora sólo en modo prototipo para fotos siempre que sean las mismas que se han registrado, pero pronto reconocerá por patrones de forma abierta).
En Safe tenemos creadores de todo tipo, al fin y al cabo damos una herramienta para crear pruebas de autoría y es compatible con gente afiliada a entidades de gestión o no.
Gracias de nuevo.
Bravo! Pues cuando lo tengáis listo a ver si planto un nuevo post, que por la información que va llegándome gracias a los comentarios veo que voy a tener que actualizar este en cuanto pueda :D
Gracias a vosotros!
Claro :) Todavía tardaremos, es un proyecto importante en el que esperamos involucrar a grandes organizaciones. Ahora estamos desarrollando la primera alfa que estará en unos tres meses y a partir de ahí se liberará para crear el estándar y se irá potenciando para identificar por patrones tanto música, como fotos, vídeo, texto, etc. La idea de concepto no es nueva, pero la hemos puesto en marcha para fotos: http://es.safecreative.net/2009/09/28/%C2%BFy-si-pudieran-conocer-mi-autoria-y-derechos-sobre-una-foto-con-un-simple-clic-de-raton/
:)
Ahí está Carballo. Que hasta los chicos de SafeCreative te agradecen que hables de ellos.
Si es que estás que te sales.
Yo veo muy bien todo el tema del Creative Commons. Además suele haber bastante información sobre las distintas modalidades de uso.
En cuanto a lo que Mario Pena, de que están trabajando en mejoras para que puedas controlar el uso o abuso que se está haciendo de tus obras me parece cojonudo.
un saludo
Hola alguiler veleros valencia, sí, existe mucha información sobre CC y ojalá la gente la leyera con atención para luego evitarse sorpresas. De hecho acabo de descubrir que han usado una fotografía mía (por fortuna registrada) con licencia CC by-sa de forma incorrecta en una obra derivada. Ainsssss :(
Sí, he descubierto un mal uso pero no intencionado, sino fruto del desconocimiento de cómo funcionan las licencias CC y estoy explicando a la persona como van los temas. Creo que la mayor parte de las veces es eso lo que pasa, que la gente no sabe y mejor que perder la paciencia es explicar y enseñar con calma. En este caso lo que ocurría es que usaban una foto mía CC by-sa que permite uso comercial y tiene característica viral y la obra derivada se ponía con «todos los derechos reservados». Me preocupa porque yo quiero que lo que hago sea y siga siendo libre :)
Aynssssssssssss…jeje….
Mira Mario, que ya ha descubierto un mal uso de su obra.
Licencias Creative Commons, un acierto. Con mejoras. Más acierto aún.
Saludos
Hola,
Tengo una pregunta.
He creado un logotipo que va a ser el de una asociación cultural que vamos a crear. Quisiera que los derechos del logotipo pertenecieran a la asociación en lugar de a una persona física concreta ¿se puede hacer? Es que tengo miedo de que si yo registrara el logotipo con mi nombre y falleciera se perdieran los derechos sobre el logo de la asociación cultural. ¿Que podemos hacer?
Muchas gracias por adelantado y saludos.
David.
Otros datos: quisiéramos que el logo se pudiera difundir libremente (ni siquiera nos importaría que no se mencionara el autor), que no hicieran negocio con él sin permiso y que no lo modificasen. Los miembros de nuestra asociación y simpatizantes van a utilizar el símbolo de la asociación en Internet, pero no hace falta que continuamente estén dando explicaciones sobre el autor, a no ser que les pregunten. Sólo queremos que se respete el logo y que no se enriquezcan con él.
Hola David, podéis registrar lo que son los derechos, no la autoría pero ten en cuenta que siempre habrá una autoría moral (irrenunciable en nuestra legislación). No obstante en general no debería haber problema. Lo que podéis hacer es licencias ad hoc el logo del autor a la asociación y dajarlo con un contrato que permita que luego la asociación haga lo que desee con el logo, como volver a licenciar de otra manera.
Por lo que comentas de los permisos lo ideal sería la cc by-nc-nd.
muy bueno tu blog. en un sólo sitio he podido encontrar todo lo que buscaba y has aclarado todas mis dudas, es que yo la Wikipwdia esa, ni la entiendo… tantos enlaces, en español, en inglés… en fin.
yo desde hace poco estoy componiendo música y tengo ya bastantes temas, que en otras circunstancias, llenarían 2 discos, pero realmente pienso que con estas licencias libres puedes obtener mayor beneficio, como el que tu obra sea más difundida y tener más popularidad y eso. tengo todas mis obras en internet pero no para descarga; en cuanto tenga mis licencias las distribuyo libremente. pero tengo una duda, tengo que pagar yo por registrarlas? es que sé que con el copyright sí se pagan, y no las he registrado antes en copyright porque no tengo dinero, ya que empecé como hobby (que de momento lo sigue siendo, porque no como de mi música) pero se me da bastante bien, mi música gusta; y ahora es cuando realmente me planteo hacer algo con ellas. prefiero 100.000 veces la opción del cc pero tb tengo que saber si me resultará caro!
gracias y un saludo
Hola Drumywere, en primer lugar es importante saber que el registro no es obligatorio, ni para obras con todos ni con todos los derechos reservados. Otro punto importante es que las obras con CC se ciñen, de hecho, a las leyes de copyright y derecho de autor, por lo que gozan del mismo tipo de protección.
Si bien el registro no es obligatorio, sí que es recomendable ¡y qué voy a decir si trabajo en Safe Creative! Pero al menos nosotros permitimos hasta 50 registros mensuales gratuitos y 2 GB de espacio en las cuentas básicas. Por 24 euros al año puedes hacer registros ilimitados al mes y tienes ya 5 GB de espacio y muchas otras características avanzadas.
De nuevo insisto en que ni para obras con licencias CC ni para obras con todos los derechos reservados es obligatorio registrar para gozar la protección de la ley.
Hola Mario. qué bueno es tener un representante de vustra organización para aclarar dudas; y muichas gracias por la rapidez!
cuando has respondido ya me había registrado en vuestra página, porque pienso que me beneficia poder difundir gratuitamente mi obra son que ello vulnere mis derechos, ya que el trabajo ha sido mío, básicamente. mi pregunta es: yo me regitro con una cuenta básica, para ver si es suficiente (de momento), pero mi nombre artístico es Drumywere; alguien que quisiera ver mi perfil público de vuestra página, sabría mis datos personales? aunque mi nombre no coincida con el seudónimo, mantengo mis derechos? se tiene en cuenta que Drumywere soy yo? Puede vender mis canciones, o ganar dinero con ellas, aunque tenga licencia cc? son ciertas preguntas que me planteo antes de registrar las canciones, ya que quizás no sea suficiente el registro básico para preservar mi intimidad, y comercializar mis temas. agradecería tu pronta respuesta, ya que llevo todo el día mirando este tema por internet, y al dar con vosotros se me están disipando todas las dudas; y me gustaría saber qué hacer, ya que tengo 28 canciones por la red y me gustaría ofrecerlas gratis, con garantías de que se respetará mi autoría.
uff! en un momento, todo lo que te he planteado. su pongo que serán preguntas de lo más comunes.
muchas gracias, de antemano, por tu ayuda.
un saludo
Hola, lo primero es que la cuenta gratuita no permite que el perfil público muestre sólo el seudónimo, no así los registros individuales, con lo que la mejor opción sería no dejar el perfil público activado y sólo registrar usando el seudónimo. Por supuesto internamente existe una vinculación y claro, siempre mantienes los derechos uses o no seudónimo. La cuenta premium te permite ofrecer en tu perfil público únicamente la información de seudónimo. Apunto en este momento que nosotros no registramos nombres comerciales, pero sí, seudónimos se pueden usar sin problema tal y como contempla la ley.
Sobre si puedes usar tus obras comercialmente usando CC, en efecto, claro que puedes. Que des permisos por defecto a otros no hace que tu los pierdas, es más tú tienes todos los derechos y de ahí que puedas permitir a otros hacer ciertas cosas, pero eso no impide que tú puedas seguir haciendo uso comercial, etc.
En cualquier caso para dudas más concretas, puedes escribirnos directamente a través de nuestro formulario de contacto :)
De verdad te felicito Carballo por la iniciativa, y a ti Mario Pena por la respuesta oportuna a los que deseamos saber sobre Safe Creative (incluso a través de Blogs externos a su propia página) eso me habla muy bien de Ustedes. Estoy viendo que al registrar la obra queda como tipo c: dice se puede hacer uso comercial: NO. Mi pregunta es, con esta licencia puedo vender ejemplares de la obra registrada? estas restricciones son para quién?
Hola Kenny, las restricciones que comentas son para terceros. El autor, como titular de todos los derechos, por supuesto puede usar su obra comercialmente e incluso, lógicamente, dar permiso a terceros de forma puntual. La condición «sin uso comercial» es la que otros tienen que tener en cuenta de forma general.
Hola, soy de Argentina, quiero registrar un circuito electronico, es de un amplificador a tubos/valvulas, como se que no existe ya algo igual?, No soy ingeniero.
Saludos.
Akira, si bien en algunos países, como EEUU, se pueden explicitamente registrar circuitos integrados en su registro de Copyright es posible que en otros países no puedas hacerlo. En cualquier caso mi recomendación es preguntar a un abogado especialista de Argentina.
Sobre temas de que exista o no un circuito parecido, me inclina a pensar que estaríamos hablando de algo que podría estar patentado y por eso mi recomendación de buscar asesoramiento legal antes de nada.
Hola, gracias por el blog, hay mucho contenido útil sobre este tema.Tengo una duda respecto al registro de partituras. Tengo bastantes registradas en el Reg P.I., pero quería saber si es posible registrarlas vía CC o Safe Creative, puesto que es un buen palo para cada obra si tienes que registrar muchas (12 € para cada una, puede llegar a se bastante caro).
A los mismos efectos, aunque no sea un registro de autoría sino de derechos, prácticamente cumpliría las mismas funciones ¿Alguien me puede orientar? Gracias.